Impulso a la sostenibilidad empresarial en la UE
El 23 de febrero de 2022, la Comisión Europea (CE) adoptó una propuesta de directiva de diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial. La histórica directiva, si la aprueban el Parlamento Europeo y el Consejo, pretende abordar los impactos negativos sobre los derechos humanos y el medio ambiente de las operaciones de las empresas de la UE y sus filiales y cadenas de valor.
La directiva se inspira explícitamente en normas internacionales como los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP) y las Directrices de la OCDE sobre la Conducta Empresarial Responsable y las orientaciones sectoriales. En consecuencia, establece seis pasos del proceso de diligencia debida, que deberán seguir las empresas elegibles que estén activas o registradas en la Unión Europea (UE). Éstas abarcan (1) la integración de la diligencia debida en las políticas y los sistemas de gestión, (2) la identificación y evaluación de los impactos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente, (3) la prevención, el cese o la minimización de los impactos adversos reales y potenciales sobre los derechos humanos y el medio ambiente, (4) la evaluación de la eficacia de las medidas, (5) la comunicación, (6) la reparación.
El último de estos pasos implica el establecimiento de un "procedimiento de quejas" que debe permitir a las personas y organizaciones presentar quejas directamente a las empresas en caso de preocupaciones legítimas sobre impactos adversos reales o potenciales en los derechos humanos y el medio ambiente. El procedimiento de presentación de quejas debe comunicarse a los trabajadores, los sindicatos y otros representantes de los trabajadores. La forma de estos procedimientos de reclamación no se especifica en la directiva, pero este requisito está estrechamente relacionado con la noción de mecanismos de reclamación establecida en los UNGP.
La directiva se basa en otros intentos de fomentar el gobierno corporativo sostenible, incluida la Directiva sobre información no financiera (NFRD), que impuso requisitos de información a unas 12.000 empresas de la UE sobre riesgos, impactos, medidas (incluida la diligencia debida) y políticas relacionadas con el medio ambiente, los derechos humanos y la sociedad. También sigue a las leyes nacionales adoptadas en Francia y Alemania en 2017 y 2019, que exigieron a las empresas elegibles que establecieran procedimientos de denuncia o "mecanismos de alerta" para abordar las preocupaciones sobre los impactos ambientales y sociales de sus operaciones.
Algunos han subrayado algunos puntos débiles de la propuesta de la UE, como la necesidad de integrar en mayor medida las perspectivas de las partes interesadas afectadas en el desarrollo y la supervisión de los planes de prevención y acción correctiva. Sin embargo, no hay que subestimar la importancia de la decisión de la CE.
Los mecanismos de reparación de quejas (GRM) se instituyeron por primera vez en la década de los 90, cuando el Banco Mundial creó su Panel de Inspección en 1994. Desde entonces, los GRM se han extendido a la mayoría de las instituciones financieras internacionales y regionales, así como a otras organizaciones internacionales como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. La exigencia de crear mecanismos de reclamación a nivel organizativo también está formando parte de las políticas de los inversores, como las del Fondo Verde para el Clima y el Fondo Mundial para el Medio Ambiente. Además, las empresas del sector privado están adoptando cada vez más la práctica de establecer mecanismos de reclamación para gestionar los impactos ambientales y sociales de sus operaciones. La propuesta adoptada por la CE y las legislaciones nacionales anteriores de los países de la UE muestran cómo esta tendencia empieza a traducirse en mandatos legislativos. También refleja la creciente preocupación del público y de los Estados por los impactos ambientales y sociales del sector privado y el reconocimiento de que las acciones voluntarias no han podido mitigarlos.
A medida que los mecanismos de reclamación empiecen a surgir fuera del ámbito de la financiación del desarrollo y de las organizaciones internacionales, aumentará la necesidad de crear capacidad. La Comunidad de Práctica del GRAM, cuya secretaría es el Mecanismo Independiente de Reclamación, es una vía para el desarrollo de capacidades. En particular, los socios del GRAM celebran seminarios web trimestrales para el personal de los GRM de todos los tamaños y para expertos independientes y académicos activos en este campo. Puede ver los seminarios web de 2021 en la página de la Asociación GRAM del sitio web MIR . Este año se celebrarán eventos similares centrados en las Normas de Desempeño individuales de la Corporación Financiera Internacional para orientar a los GRM sobre cómo se pueden gestionar las quejas relacionadas con el incumplimiento de estas normas.
Artículo elaborado por Safaa Loukili Idrissi